PROCEDIMIENTO TRIBUTARIO DE DERIVACIÓN DE RESPONSABILIDAD
¿Afecta la prejudicialidad derivada de un proceso penal seguido por delito fiscal en relación con IVA a un procedimiento administrativo de derivación de responsabilidad tributaria seguido por colaboración en la comisión de una infracción por Impuesto sobre Sociedades?
STS Contencioso-Administrativo, Sección 2ª, ECLI: ES:TS:2019:672, 21 de febrero, rec. cas. 3780/2017
Normas.- Art. 24 de la Constitución Española, Arts 42.1, 105, 106, 108.4 y 180.1 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en su redacción previa a la Ley 34/2015; Art. 32 del Reglamento de Régimen Sancionador Tributario; Art. 348 de la Ley de Enjuiciamiento Civi.
Criterio.- El TS confirma su doctrina: de acuerdo con la redacción originaria del Art 180 LGT no es procedente dictar liquidación por un impuesto cuando se sigue un proceso penal por delito fiscal por otro impuesto si subyace entre ambos una identidad fáctica; por esta razón anula el acuerdo de derivación dictado para responder de tal liquidación. El TS deja sin embargo sin analizar la eventual relación prejudicial entre la determinación administrativa del causante o colaborador activo en la infracción, como presupuesto de responsabilidad solidaria, y la determinación penal de los partícipes en el delito fiscal.
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