TASAS LOCALES. POR SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y VIGILANCIA, AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ.
TASAS LOCALES. POR SERVICIOS DE PREVENCIÓN Y VIGILANCIA, AYUNTAMIENTO DE TORREJÓN DE ARDOZ.
El servicio que despliega la policía para evitar la ocupación ilegal de viviendas no puede ser sufragado por las entidades financieras dueñas de inmuebles vacíos
Normas- Arts. 20.1 y 2 y 21.1.c del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, que aprueba el TR de la Ley de haciendas Locales.
Criterio. –El TS confirma la anulación de la Ordenanza Fiscal reguladora de la Tasa por Prevención y Vigilancia Especial de Viviendas, aprobada por acuerdo del Pleno del Ayuntamiento de Torrejón de Ardoz de 29 de diciembre de 2015 (BOCAM de 31 de diciembre de 2015), impuesta a las entidades financieras dueñas de inmuebles vacíos o que no estén habitados con justo título.
Sobre la base implícita de que la ocupación ilegal de las viviendas no es responsabilidad de sus dueños, aunque las mantengan vacías, ni tampoco, por tanto, el coste del servicio desplegado para evitarla, la STS rechaza el recurso de casación del Ayuntamiento por las siguientes razones: (1) mantener los inmuebles vacíos no exige desplegar un servicio de vigilancia específico, diferenciable del general propio de la policía local y cuya sujeción a tasa resulta vedada por el Art. 21.1.c) del TRLHL; (2) la usurpación está tipificada en el Art. 245 del Código Penal, por lo que la situación de la entidad financiera dueña del inmueble es la propia de quien sufre la comisión de un delito, que no ha de asumir el coste del servicio de prevención desarrollado por la policía, pues se trata de un servicio esencial para la comunidad, que debe ser sufragado por el conjunto de los ciudadanos; (3) la finalidad de facilitar el acceso a la vivienda mediante alquileres sociales, expresamente perseguida por el Ayuntamiento con la Ordenanza fiscal, vulnera el principio de reserva de Ley, que exige sujetarse estrictamente al principio de equivalencia entre tasa y servicio, sin que puedan perseguirse fines extrafiscales.
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